jueves, Mar 28, 2024
TURISMO

El Estado destinará 70 mil millones en subsidios de emergencia para el turismo

Con 127 votos a favor y dos abstenciones, fue aprobado, en horas de la madrugada de este miércoles 2 de septiembre, en la Cámara Baja del Congreso Nacional el proyecto de “Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional”, que ya tenía media sanción de Senadores.
De esta forma, se convirtió en Ley, unificando varias iniciativas presentadas por senadores del Frente de Todos. La misma incluye medidas que ayudarán a empresarios, trabajadores y consumidores del sector, por el término de 180 días, facultando por el mismo plazo al Poder Ejecutivo para su prórroga.
El oficialismo detalló que, en términos económicos, los sectores turístico, hotelero y gastronómico implican alrededor de 1.200.000 puestos de trabajo. Por ello, el Estado destinará unos 70 mil millones en aportes de emergencia para el sector.

Sesión polémica

La sesión, que debía comenzar a las 13 horas, tuvo más de seis horas de negociaciones en la Comisión de Labor Parlamentaria y finalmente no hubo acuerdo y terminó siendo un papelón. Ante esto, los diputados de Juntos por el Cambio sostuvieron que impugnarán la sesión, lo que generaría un grave perjuicio a todo el sector turístico nacional.

Puntos centrales de la ley

Entre los beneficios fiscales y económicos se destaca la extensión del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción hasta el 31 de diciembre para las actividades y rubros comprendidos que se encuentren paralizados o tengan una facturación inferior al 30%.
Se establece la reducción del 95% del pago de contribuciones patronales y el salario complementario abonado por el Estado Nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado del 50% del salario neto.
Se prorroga por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos existentes, o a crearse, que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las actividades alcanzadas por la ley, cuyos vencimientos operen hasta el 31 de diciembre.
Se suspende por 180 días la traba de cualquier medida cautelar a requerimiento de la AFIP o la ANSES.

Beneficios para los consumidores

Por otra parte, la nueva Ley establece un bono fiscal vacacional para las familias cuyos ingresos mensuales no superen el equivalente a cuatro salarios mínimos, por única vez, para su uso dentro del país.
A su vez, se establece un régimen de preventa que consistirá en el reconocimiento, por parte del Estado Nacional, de un crédito del 50% del monto de cada compra de servicios turísticos a ser brindados dentro del país.
Se crea un programa especial para el turismo de la tercera edad, por el cual el Estado aportará hasta el 21% de los paquetes turísticos, con el fin de sostener la actividad durante las temporadas bajas y para el bienestar de las personas mayores.
Se establece un programa de financiación de los paquetes turísticos de viajes de turismo estudiantil con destino nacional mediante una línea de crédito específica del Banco Nación.
Los establecimientos hoteleros de alojamiento temporario y empresas de transporte en cualquiera de sus modalidades que se hayan visto afectados o impedidos de prestar los servicios contratados de manera directa podrán ofrecer alternativamente a los usuarios las siguientes opciones: la reprogramación de los servicios contratados, respetando la calidad, estacionalidad y valores convenidos dentro de un período de 12 meses; la entrega de vouchers de servicios para ser utilizados hasta 12 meses posteriores al cese de la cuarentena, los cuales deberán ofrecer servicios equivalentes a los contratados u otros que pudiera aceptar el cliente; el reintegro del monto abonado por los servicios contratados mediante el pago de hasta seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas con vencimiento dentro de los 60 días de recibida la solicitud de reembolso.
Si el consumidor contrató servicios mediante intermediarios (agencias de viajes) podrá reprogramar sus viajes o recibir un voucher para ser utilizado dentro de los 12 meses desde la finalización de la cuarentena. Las agencias deberán proceder al reembolso a los consumidores si éstos solicitan la resolución del contrato, siempre que los proveedores de servicios hubieran procedido a la devolución total del importe correspondiente. Si solo alguno de los proveedores del servicio de viajes realiza la devolución, el consumidor tendrá derecho al reembolso parcial, siendo descontado del importe del voucher entregado. Los reembolsos deberán efectuarse en un plazo no superior a 60 días desde la fecha de solicitud del reembolso o desde la fecha en que los proveedores de servicios hayan procedido a la devolución.

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